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Red.es abre nueva convocatoria de ayudas para medianas empresas

16/12/2024 Categorías: Transformación Digital
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El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, a través de Red.es, ha lanzado una convocatoria de ayudas destinadas a la digitalización de empresas medianas en España, enfocadas en los segmentos IV (de 50 a menos de 100 empleados) y V (de 100 a menos de 250 empleados). Estas ayudas surgen a partir de la última modificación de las bases reguladoras del Programa Kit Digital, en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025, y el PRTR - Next Generation EU.

Detalles de los nuevos segmentos y ayudas

Beneficiarios: entidades del artículo 7.1.a) de las Bases Reguladoras, cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.

Requisitos de los Beneficiarios

  1.      Estar inscritos en el censo correspondiente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o su equivalente foral, reflejando la actividad económica real a la fecha de solicitud y con una antigüedad mínima de 6 meses. Si se cambia entre censos estatales y forales, se considera el tiempo total en ambos.
  2. No estar en crisis
  3. Cumplir con las obligaciones fiscales y de Seguridad Social
  4. Ausencia de recuperación pendiente
  5. No estar sujeto a prohibiciones legales
  6. Cumplir con el límite de ayudas de minimis
  7. Evaluación del Nivel de Madurez Digital

En esta convocatoria NO podrán ser beneficiarios:

  1. Agentes Digitalizadores y Asociados: Ni las personas o empresas que sean agentes digitalizadores adheridos ni quienes subcontraten con ellos para ofrecer soluciones de digitalización.
  2. Autónomos Societarios y Colaboradores: Las personas autónomas en situación de autoempleo que sean societarios o colaboradores.
  3. Uniones Temporales de Empresas (UTE): Quedan excluidas según las bases reguladoras.
  4. Beneficiarios Previos: Empresas o entidades que ya hayan sido beneficiarias en convocatorias anteriores del Programa Kit Digital.
  5. Entidades Públicas: Empresas públicas y entidades de derecho público.
  6. Otras Unidades sin Personalidad Jurídica: Colegios profesionales, sociedades civiles, comunidades de bienes, comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal y otras unidades económicas o patrimonios separados que no posean personalidad jurídica.

La cuantía total disponible es de 350 millones de euros, ampliables según disponibilidad, con un máximo por beneficiario:

  • Segmento IV: para empresas de 50 a menos de 100 empleados (o empresas menores con más de 10 millones de euros de volumen de negocio anual y balance general). Ayuda de 25.000 €.
  • Segmento V: para empresas de 100 a menos de 250 empleados. Ayuda de 29.000 €

Estas ayudas servirán para contratar servicios digitales que mejoren el funcionamiento de la empresa. Para estos dos nuevos segmentos se amplía el catálogo de servicios añadiendo 4 nuevas soluciones de digitalización a los ya existentes:

  • Servicio de Ciberseguridad Gestionada
  • Gestión de clientes con Inteligencia Artificial (IA) 
  • Business Intelligence y Analítica e IA asociada
  • Gestión de procesos con IA asociada

Las ayudas, denominadas “bono digital”, son subvenciones directas bajo concurrencia no competitiva para financiar soluciones de digitalización disponibles en el Catálogo del Programa Kit Digital Pueden sustituir soluciones previas si implican una mejora funcional que cumpla con los requisitos mínimos establecidos.

Cómo puedes solicitar la ayuda y cuáles son los plazos

El plazo para presentar solicitudes comenzó el 12 de diciembre de 2024 a las 11:00 horas y se extenderá hasta el 30 de junio de 2025 a las 11:00 horas, salvo que se agote antes el presupuesto de 350 millones de euros asignado.

Procedimiento:

1. Selección y Contratación:Los beneficiarios deben seleccionar y contratar una solución de digitalización del Catálogo del Programa Kit Digital para justificar la subvención.

2. Firma Electrónica del Acuerdo:

 

  • La formalización del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización debe hacerse electrónicamente a través de la plataforma Acelera Pyme.
  • Puede ser realizada por el beneficiario, un representante legal o un gestor administrativo colegiado, este último con autorización previa. 

Ejecución en Dos Fases:

  • Fase 1 (3 meses): Instalación y desarrollo de la solución, emisión de factura por parte del agente digitalizador.
  • Fase 2 (12 meses): Mantenimiento, soporte técnico y formación básica para la gestión de la solución.

Pago de Ayudas:

 

  • Fase 1: Pagos a cuenta sin necesidad de garantías.
  • Fase Final: Pago condicionado al cumplimiento de requisitos fiscales y de Seguridad Social.

Para obtener más información sobre el programa, consultar las bases de la convocatoria y saber cómo participar, visita la página oficial de Acelera Pyme_Kit Digital.